CONVENIO

La Importancia de los Recursos Ícticos

La conservación de la riqueza ictícola del Río Paraná es un objetivo central de la COMIP. A su vez, es una responsabilidad de los organismos municipales, provinciales, nacionales e internacionales pertinentes. Y su protección debe ser una condición primordial para quienes se relacionan con el Río.

Acción integral entre Argentina y Paraguay

La República Argentina y la República del Paraguay en 1996, suscribieron el Convenio sobre conservación y desarrollo de los recursos ícticos en los tramos limítrofes de los Ríos Paraná y Paraguay, en busca de preservar y conservar los recursos Ícticos en dichos ríos, y establecer criterios racionales de pesca, evitar el deterioro ambiental y contaminación de ambos Ríos y sus ecosistemas.

Estos instrumentos han sido ratificados por la Ley N° 1.171 de la República del Paraguay y aprobados por la Ley de Argentina N° 25.105.

La COMIP, actúa como Secretaría Permanente del Comité Coordinador de dicho Convenio. Dicho Comité se encuentra constituido por dos delegaciones que son presididas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay y de Argentina, y seis representantes de cada país.

A su vez, dicho Comité Coordinador es asistido por un Consejo Asesor, el cuál se encuentra representado por técnicos y científicos en materia de pesca y conservación de la Fauna Íctica, con el objeto de formular propuestas y recomendaciones al Comité.

– Mantener el inventario y la evaluación estadística de los recursos vivos y de la pesca, a través del procesamiento, análisis y la publicación de información tal como capturas, esfuerzos de pesca y otros datos provistos por organismos afines.

– Organizar el intercambio de información entre las partes contratantes concerniente a la ejecución del Convenio.

– Preparar y elevar propuestas al Comité Coordinador, relativas a la investigación científica en el área del Convenio.

– Coordinar la planificación de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico sobre la pesca en los Ríos Paraná y Paraguay para ser realizados en forma conjunta o separada por los organismos competentes de las partes contratantes.

– Coordinar el control y efectuar el seguimiento permanente de las acciones y medidas dispuestas por el Comité Coordinador.
– Control de pesca y preservación del recurso íctico.

– Regulación de la pesca, la conservación y desarrollo de la Fauna Íctica.

– Regulación de las artes y métodos de pesca.

– Regulación sobre tamaños y especies de captura de peces.

– Establecimiento de áreas de reserva o tramos protegidos y sus reglamentos de pesca.

– Fijación de volúmenes máximos de captura por especie y su ajuste periódico.

– Mejoramiento y desarrollo de los recursos vivos incluyendo la reproducción artificial de peces y otros organismos.
– Está integrado por expertos que reflejen competencias institucional, técnica y científica, nombrados por el Comité Coordinador.

– Para la conformación del Consejo Asesor se busca la paridad en cuanto al número de miembros de cada país.

– La convocatoria a las reuniones del Consejo Asesor se encuentra a cargo de la Secretaría Permanente.

– Formula y eleva a requerimiento del Comité Coordinador las propuestas y recomendaciones para el cumplimiento de las misiones y funciones previstas en el Art. XI del Convenio.